Este miércoles 2 de marzo, fue publicado en el Diario Oficial la modificación del horario de la “Ley seca” en Guatemala.
La nueva disposición indica la prohibición del expendió y consumo de bebidas alcohólicas de lunes a domingo entre la 1:00 y 6:00 horas de la mañana en establecimientos comerciales abiertos al público de cualquier categoría. Esto entrara en vigencia a partir de este día.
El Ministerio de Gobernación índico que los establecimientos que incumplan el acuerdo gubernativo serán sancionados con una multa de 100 mil quetzales y dará lugar para la cancelación de la patente o licencia del establecimiento.
A personas individuales que infrinjan esta ley se les impondrá una multa de Q5 mil, sin perjuicio de las acciones penales correspondientes.